Art. 1 Definición del niño
Somos niños y niñas los que tenemos menos de 18 años.
Art. 2 La no discriminación
Todas las niñas y niños tenemos estos derechos, sin distinción de raza, sexo, color ,religión, idioma, opinión política, posición social o económica, impedimento s físicos o por la condición de nuestros papás, mamás o tutores.
Art. 3 El interés superior del niño
Todas las acciones de las instituciones públicas y privadas deben de tener siembre en cuenta lo que es mejor para las niñas y niños.
Art. 4 Aplicación de los derechos
El Estado tiene la obligación de llevar a cabo todo lo necesario para hacer que se cumplan nuestros derechos.
Art. 5 Dirección y orientación de los padres y madres
Nuestros papás, mamás o tutores tienen la responsabilidad y el derecho de orientarnos en nuestro desarrollo, a fin de que ejerzamos los derechos que nos corresponden.
Art.6 La supervivencia y el desarrollo
Las niñas y los niños tenemos derecho a vivir. El estado tiene la obligación de garantizar nuestra supervivencia y desarrollo.
Art.7 Nombre y nacionalidad
Tenemos derecho a un nombre, a una nacionalidad y en la medida de lo posible a conocer a nuestra mamá o a nuestro papá.
Art.8 Identidad
A ningún niño o niña se nos puede privar de la identidad. ]es decir, nadie puede quitarnos el nombre, la nacionalidad o la familia.
Art.9 Separación de los padres
Si nuestro papá o mamá nos cuidan bien, nadie puede separarnos de ellos. Si deciden separarse y vivir en casas distintas, tenemos derecho a seguir viendo a los dos.
Art.10 Reunión de la familia
Si nuestro papá, mamá o los dos viven fuera de México, nuestro gobierno y los gobiernos extranjeros deben ayudar a reunirnos.
Art.11 Traslados y retenciones ilícitas
Nadie puede llevarnos o retenernos en el extranjero de manera ilegal.
Art.12 La opinión de niños, niñas, y jóvenes
Tenemos derecho a opinar sobre los asuntos que nos afectan y nuestra opinión debe tomarse en cuenta.
Art.13 Libertad de expresión
Las niñas y los niños podemos hablar, escribir y contar todo lo que queremos, siempre y cuando no afectemos el derecho de otras personas.
Art.14 Libertad de pensamiento, conciencia y religión
Las niñas y los niños podemos pensar y creer en lo que queramos.
Art.15 Libertad de asociación
Tenemos derecho a reunirnos libremente, en la forma pacífica, y a formar agrupaciones.
Art.16 Protección de la intimidad y la vida privada
Todas las personas deben respetar nuestra vida privada y no perjudicar nuestra imagen o reputación.
Art.17 Acceso a una información adecuada
La radio, el cine, la televisión y la prensa deben darnos información que nos ayude a ser mejores.
Art.18 Las responsabilidades de los padres
Nuestras mamás y nuestros papás tienen la obligación de cuidarnos y el Estado de ayudarlos
Art.19 Protección contra el abuso y los malos tratos
El Estado debe protegernos de abusos y maltratos, ya sea que provengan de nuestros papás, mamás o de cualquier otra persona.
Art.20 Protección de los niños privados de su familia
Si no vivimos con nuestra familia, las autoridades deben ofrecernos protección y cuidados especiales.
Art.21 Adopción
si un familiar quiere adoptarnos, nuestros parientes más cercanos deben de estar de acuerdo y esto lo tiene que autorizar un juez.
Art.22 Los niños refugiados
Si en alguna ocasión te obligan a salir de tu país y te refugias en otro, el país al que llegues debe acogerte y brindar protección.
Art.23 Los niños y niñas con discapacidades
Quienes padecemos algún problema físico o mental tenemos derecho a recibir ayuda especializada y a participar plena y dignamente en la sociedad.
Art.24 La salud y los servicios sanitarios
Las niñas y los niños tenemos derecho a recibir una alimentación adecuada, a tomar agua potable y a acceder a los servicios de salud. Además, las autoridades deben prohibir las prácticas que perjudiquen nuestra salud.
Art.25 Revisión de las condiciones de internamiento
Sí vivimos en una casa-hogar o en el hospital, tenemos derecho a que se revisen de manera periódica las circunstancias que nos llevaron a ingresar a esas instituciones.
Art.26 La seguridad social
Todas las niñas y los niños tenemos derecho a beneficiarnos de la seguridad social.
Art.27 El nivel de vida
Nuestros padres y nuestras madres tienen la responsabilidad de ofrecernos un nivel de vida adecuado que nos permita desarrollarnos en lo físico, mental, espiritual, moral y social. Si ellos no pueden hacerlo el Estado debe ayudarlos.
Art.28 La educación
Tenemos derecho a la educación. en nuestro país la educación básica es gratuita y obligatoria. En la escuela no deben imponernos castigos que vayan en contra nuestra dignidad.
Art.29 Los objetivos de la educación
La educación que recibimos debe desarrollar al máximo nuestras capacidades y aptitudes. Nos deben enseñar a respectar los derechos humanos y las libertades fundamentales de todas las personas, así como apreciar nuestra cultura y a respetar la naturaleza.
Art.30 Los niños y niñas de comunidades minoritarias e indígenas
Las niñas y los niños que pertenecemos a un grupo indígena o religioso tenemos derecho a vivir nuestra propia cultura, a participar en nuestra religión y a hablar nuestro propio idioma.
Art.31 El ocio y las actividades recreativas y culturales
Tenemos derecho a descansar, a jugar y a participar en actividades culturales y recreativas.
Art.32 El trabajo infantil
Nadie puede obligarnos a hacer trabajos que afectan nuestra salud, desarrollo y educación. El estado debe establecer las edades a las que se puede empezar a trabajar, así como los horarios y las condiciones laborales.
Art.33. El uso de drogas ilegales
Las autoridades deben protegernos del uso de drogas e impedir que personas adultas nos utilicen para vender o producir esas sustancias.
Art.34 La explotación sexual
Tenemos derecho a que nos protejan contra todas las formas de explotación y abuso sexual. Nadie debe utilizarnos con fines sexuales, así como la pornografía y la prostitución infantil.
Art.35 La venta y el secuestro de niños
Nadie puede comprar o vender a un niño o una niña.
Art.36 Otras formas de explotación
Tenemos derecho a que nos protejan contra cualquier forma de abuso o actividad que nos hagan daño.
Art.37 La tortura y la privación de la libertad
Ningún niño o niña debe ser objeto de tortura, castigos inhumanos o pena de muerte. Si desobedecemos la ley, tenemos derecho a recibir ayuda legal adecuada y a comunicarnos con nuestra familia.
Art.38 Niños y niñas en conflictos armados
Las niñas y los niños no debemos participar en guerras y merecemos protección y cuidados especiales.
Art.39 Recuperación y reinserción social
Si alguien nos maltrata o agrede, tenemos derecho a recibir un tratamiento que nos permita recuperarnos.
Art. 40 La aplicación de la justicia a menores
Si nos acusan de violar la ley penal, tenemos derecho a un abogado para que nos defienda, además deben respetarse todos nuestros derechos fundamentales.
Art.41 La ley más favorable
Si en un país hay leyes que nos protegen mejor que la convención, tenemos derecho a disfrutar esas leyes.
Art.42 Difusión de la Convención
El gobierno debe dar a conocer nuestros derechos de manera amplia para que niñas, niños y personas adultas los conozcan por igual.
Art.43
Existe un Comité de la ONU que vigila el cumplimiento de nuestros derechos.
Art.44
El gobierno debe informar a ese Comité lo que se ha hecho para que se cumplan y se respeten nuestros derechos.
Art.45
Otras instituciones e incluso nosotros mismos podemos informar a ese Comité sobre la situación de nuestros derechos.
Art.46 al 54
Se refieren a los procesos para ratificar o enmendar la Convención.
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